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martes, 31 de enero de 2017

¿Qué es la cláusula suelo y cómo reclamar?

 

En medio de las habituales malas noticias de la economía en los últimos años, desde el estallido de la crisis, recientemente ha aparecido, por fin, una buena. Se trata de la devolución del dinero cobrado indebidamente por los bancos a los clientes que contrataron una hipoteca con cláusula suelo. Esa cláusula no era transparente y permitía a los bancos -una vez más- protegerse ante posibles bajadas del Euribor, índice de referencia habitual para las hipotecas.

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El Tribunal Supremo ya había fallado en mayo de 2013 a favor de los clientes de los bancos que habían aplicado la cláusula suelo, pero sólo para quienes hubiesen contratado la hipoteca a partir de ese momento.

Sin embargo, el pasado mes de diciembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que la devolución del dinero procedente de la aplicación de las cláusulas suelo debía realizarse con carácter retroactivo desde el momento de la firma de la hipoteca y no sólo desde mayo de 2013.

Ahora, el Congreso de los Diputados ha aprobado un decreto-ley que establece un mecanismo extrajudicial para que todas las personas afectadas por las cláusulas suelo puedan recibir el dinero que legalmente les corresponde.

La aprobación de este decreto-ley supone que las personas afectadas pueden reclamar el dinero a sus entidades bancarias para que el banco calcule la cantidad que le tienen que devolver -con los intereses incluidos- o, en su defecto, los motivos por los que, según la entidad bancaria, no tienen derecho a percibir ninguna devolución.

Una vez que el cliente reciba por parte de la entidad bancaria el cálculo de la devolución, deberá comunicar si está de acuerdo o no con la cantidad que el banco debe abonarle. Si está conforme, la entidad bancaria tendrá que realizar la devolución en un plazo máximo de tres meses contados desde el inicio del procedimiento.

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