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jueves, 12 de enero de 2017

¿Cómo conseguir la subvención para el alquiler?

Es un hecho, avalado por los datos además, que año tras año la opción del alquiler no solo se va asentando en España sino que además gana terreno a la compra y a la propiedad, que tradicionalmente habían sido las opciones mayoritarias en cuanto a la vivienda se refiere. Y mucha culpa de ello tienen las ayudas que las administraciones han empezado a otorgar a los ciudadanos en los últimos tiempos. ¿Cómo acceder a ellas?

¿Cómo conseguir la subvención para el alquiler?

1. Ayudas estatales y autonómicas

Hay que diferenciar entre unas y otras. Nosotros vamos a hablar de la ayuda estatal, que tramita el Ministerio de Fomento. Cada Comunidad Autónoma tiene además sus propios programas, por lo que te recomendamos que consultes el tuyo en función del lugar en el que vivas. Ya sabes que hay 17 Comunidades Autónomas diferentes, cada una con sus políticas sociales.

2. Plan de Vivienda

El Plan de Vivienda está consensuado mediante acuerdos entre las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Fomento. Contempla la desaparición de la promoción de VPO en propiedad, la continuación de los subsidios a préstamos hipotecarios de planes anteriores y se activan nuevas ayudas al alquiler, además de fomentar el crecimiento del parque público de vivienda en alquiler.

3. Objetivo

Según el Ministerio de Fomento, las ayudas tratan de facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos.

4. Quién puede pedirlo

Personas físicas mayores de edad que reúnan los siguientes requisitos: ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en calidad de arrendatario. Después, que la vivienda arrendada o a arrendar, constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario.

También que los ingresos de las personas que tengan, o vayan a tener, su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, sean, en conjunto, determinados de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.b) del artículo 6, inferiores al límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia que da acceso a la ayuda establecido en el apartado 5 del artículo 12, o excepcionalmente a 3 veces el IPREM tal y como se recoge en el apartado 7 del mismo artículo.

Las CCAA podrán fijar un límite inferior. Y por último, que la renta de la vivienda igual o inferior a los 600 euros mensuales. Las CCAA podrán fijar un límite inferior.

5. La ayuda

La subvención contempla hasta el 40% de la renta anual con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. El plazo máximo es de 12 meses prorrogables por sucesivos periodos de 12 meses, hasta la finalización del Plan.

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David García OficinaEmpleo.com

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