1. Arriesgarse…
La primera alternativa que nos viene a la cabeza es directamente facturar sin darnos de alta en Autónomos arriesgándonos a una multa. La normativa establece que las personas que realicen una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa, sin tener un contrato de trabajo, deben darse de alta en dicho régimen. La ‘trampa’, por llamarlo así, es valorar qué se considera habitual.
2. Jurisprudencia
Existen casos en los que los jueces han dado la razón a los trabajadores que no se dieron de alta. En este sentido, todas esas sentencias tenían un denominador común: los trabajadores han podido demostrar que sus ingresos eran inferiores al salario mínimo interprofesional (9080,40 euros anuales).
3. En cualquier caso, darse de alta en Hacienda
Aquél trabajador que facture como Autónomo tiene que satisfacer no solo sus obligaciones con la Seguridad Social, sino también con Hacienda, declarando sus ingresos por tanto a la Agencia Tributaria y pagando lo correspondiente de IRPF y de IVA. Así, estarías cumpliendo con la mitad de tus obligaciones. Os avisamos de que cada vez más, Hacienda y Seguridad Social están más interconectadas y cruzan más y mejor sus datos pero entre tú y yo te digo que siempre te ‘pillará’ antes Hacienda que la Seguridad Social.
4. ¿A cuánto ascendería una posible sanción?
Calcula: todas las cuotas pendientes desde que empezamos a ejercer la actividad, con un 20% de recargo más los intereses y sin la posibilidad de acogernos a ninguna bonificación.
5. La opción de las cooperativas de facturación
Hacerte socio de una cooperativa de trabajo asociado supone ser un trabajador de esa cooperativa, que te paga una nómina por el importe de las facturas. No tienes que preocuparte de la facturación porque la gestiona la propia cooperativa y al terminar el trabajo, te abonan tu parte por medio de la citada nómina en la que eso sí obviamente te descuentan los gastos que se deriven de la cooperativa y los impuestos.
6. Que te facture un amigo
La otra alternativa es que tengas un amigo dado de alta ya en el régimen de Autónomos y que tus facturas en realidad vayan a su nombre, las facture él y luego te dé el dinero. Eso sí, tendréis que llegar a un acuerdo porque por facturar más es posible que él tenga que pagar más impuestos y por tanto tengas que compensarle con parte de tus ingresos aunque obviamente siempre será mucho menor que lo que tendrías que pagar tú solo como autónomo.
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David García OficinaEmpleo.com
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