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miércoles, 2 de agosto de 2017

6 claves para saber que tu contrato temporal es por ley indefinido

En el último año se han realizado en España unos 20 millones de contratos, de los cuales, el 92,8% han sido temporales. La mayoría de los contratos que se realizan en nuestro son temporales pero a veces estos pueden pasa a ser indefinidos. Esto nos ha llevado a preguntarnos cómo podemos saber si nuestro contrato temporal es, por ley, indefinido.

6 claves para saber que tu contrato temporal es por ley indefinido

6 claves para saber que tu contrato temporal es por ley indefinido

Para ello te dejamos estas 6 claves con las que saber si tu empresa está cometiendo un fraude.

  • Cualquier contrato temporal debe especificar de manera exacta el motivo de dicha temporalidad. Si no es así, supone un motivo flagrante y puede suponer un fraude de ley. Un juez podría revertir tu contrato a indefinido.
  • En caso de que el motivo de la temporalidad esté bien definido sólo debes hacer las tareas que se estipulan en tu contrato temporal. No estás obligado a asumir nuevas funciones.
  • No se puede acumular dos o más contratos temporales que sumen 24 meses en un período de 30. Si es tu caso estás de enhorabuena. La empresa está cometiendo una irregularidad en toda regla y tu contrato, ante un juez, sería revertido a indefinido.
  • Una vez que alcances la fecha de finalización de tu contrato temporal no debes seguir trabajando. Aún si la empresa quiere hacerte otro, esos días de trámite no debes porqué trabajarlos.
  • Claro está que si el motivo de temporalidad se debe a una necesidad permanente y continua en el día a día de la empresa, tu contrato pasaría inmediatamente a indefinido.
  • Dependiendo del modelo de contrato puede darse una irregularidad u otra:
    Por obra y servicio: en tu contrato debe estar explicado claramente el motivo de la temporalidad y que sea diferente a la actividad normal de la empresa.
    • Por eventualidad de la producción: debe estar especificado la duración y el motivo, al igual que en el anterior caso.
    • Por interinidad: en tu contrato deben aparecer todos los datos de la persona a la que entras a sustituir así como la duración de la baja.
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